TaxNews142 – Hacienda requerirá información a proveedores de activos digitales (criptoactivos)

El anonimato del uso de cripto activos como sustituto al dinero fiat está pronto a extinguirse. El Ministerio de Hacienda sabe cómo instrumentalizar la condición de Costa Rica como país miembro de la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económico (OECD), para justificar la aprobación de proyectos de ley, que resultan cada vez más restrictivos de las libertades económicas e individuales de los contribuyentes. Particularmente, este es el caso del nuevo proyecto de ley en la corriente legislativa, que pretende adicionar un artículo al Código de Normas y Procedimientos Tributarios (CNPT), para promover el intercambio automático para información no financiera.

 

¿Cómo opera este procedimiento? Actualmente, existe en el CNPT, instrumentos legales que facultan a la Administración Tributaria a solicitar información a las entidades financieras (importante prestar atención a esta última palabra), que por lo general resultan ser bancos, y a compartirla con Administraciones Tributarias de otros países, a efectos de determinar el cumplimiento y pago de obligaciones tributarias. Este procedimiento prevé una verdad que no ha sido aceptada aún como tal, pero desde el pragmatismo resulta innegable y es que el secreto bancario como tal, ya no existe en casi ninguna jurisdicción.

 

¿Por qué se requiere control? Precisamente, la respuesta a la erosión del secreto bancario alrededor del mundo fue el acceso al uso de cripto activos, como medio alternativo de pago. Los cripto activos han sido reconocidos por la OECD como ‘activos digitales’ mas no así, como dinero digital. El auge de estos activos digitales, sin embargo, ha creado una economía altamente descentralizada (DeFi) que tiene como consecuencia la falta de fiscalización de las transacciones monetarias, y por ende una alta evasión de impuestos asociados a distintas transacciones. El control no es otra cosa, que la herramienta de los fiscos del mundo para no ver erosionados sus ingresos.

 

¿Qué propone el proyecto de ley? El proyecto que avanza con gran celeridad en la corriente legislativa propone que los Proveedores de Servicios de Activos Virtuales (PSAV o VASP en inglés), es decir, plataformas de intercambio (exchange) como Binance o Coinbase y proveedores de custodia segura, deban facilitar la información de sus usuarios a la Administración Tributaria en Costa Rica, y esta seguidamente la compartirá internacionalmente con sus pares, para ser parte del CARF (Cripto-Assets Reporting Framework). Lo anterior simultáneamente prevé que se puedan iniciar fiscalizaciones a partir de inconsistencias derivadas de estos requerimientos de información.

 

¿Qué se recomienda a los contribuyentes? La aprobación de este proyecto de ley es casi un hecho, de no ser en esta legislatura, lo será en la próxima, siendo que es una iniciativa del Poder Ejecutivo. Ahora bien, los cripto activos, ya no pueden vivir en la clandestinidad. El Ministerio de Hacienda en Costa Rica, mediante un oficio los ha calificado como activos digitales, cuya transferencia en consecuencia, genera impuestos. Es recomendable entonces, registrarlos contablemente, y tener la trazabilidad de estos, ya que si bien estos aun no tienen un marco legal en Costa Rica que los regule, serán desde ya un anzuelo para que la Administración Tributaria pueda iniciar y legitimar sus actuaciones de control y fiscalización.

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abril 13, 2026

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