TaxNews90 – Costa Rica y la orfandad de los procesos de implementación de la normativa tributaria internacional para los DTCs, TIEAs y PTs

Costa Rica es uno de los cuatro países (después de México, Chile y Colombia) que se constituyeron en miembros de la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económico (OCDE). De previo al 2021, año en que Costa Rica formó parte de esta importante organización, se establecieron una serie de compromisos internacionales y dependencias en el Ministerio de Hacienda, para poder llevar a cabo la implementación necesaria, derivada de esta adhesión. Este proceso, tuvo la destacada participación de la Dirección de Tributación Internacional, órgano adscrito al Ministerio de Hacienda, la cual tenía, además, de forma tácita la noble tarea de implementar las mejores prácticas emitidas por la OCDE, además de los Convenios para Evitar la Doble Imposición (DTCs) y los Convenios para compartir Información Tributaria (TIEAs).

Hoy por hoy, en el Ministerio de Hacienda no existe la Dirección de Tributación Internacional. Lejos de pensar que el Estado se redujo, es importante indicar que los funcionarios públicos, han sido reubicados en otros puestos; eso sí, lejos que cualquier competencia que se le asemeje a la implementación de normativa tributaria internacional. ¿Qué implicaciones tiene esto para Costa Rica y sus relaciones tributarias bilaterales con otros Estados? Lo primero, es que es evidente la falta de expertise para negociar con la OCDE, por otra parte, existe un significativo letargo con respecto a la implementación de la declaración de precios de transferencia, y finalmente, pero no menos importante, no existe un protocolo para la implementación y aplicación de los DTCs y los TIEAs.

En el mismo orden de ideas expuesto anteriormente, es evidente que las negociaciones con la OCDE están siendo abordadas por el Ministro de Hacienda y sus viceministerios. Lo anterior, representa una enorme falencia, siendo esta la incapacidad del Ministro de comunicarse de forma directa con los personeros de la OCDE, debido a la barrera idiomática. Si bien podría decirse, que esto puede solucionarse con un traductor oficial, lo cierto es que la comunicación abierta y directa, no solo evidencia profesionalismo o status, sino que además permite gestionar todo el lobby político necesario para adherirse u oponerse a una directriz o disposiciones en general, emitidas por la OCDE y sus países miembros, que podrían resultar abusivas para los intereses de un Estado o varios Estados y su estabilidad económica.

Lo anterior se evidencia, además, en el letargo por parte de la Dirección General de Tributación para implementar la declaración de precios de transferencia, la cual se viene gestionando desde el año 2013. Esto; sin embargo, no le ha impedido a la Dirección General de Tributación y de Grandes Contribuyentes, realizar fiscalizaciones e inclusive llevar a juicio a contribuyentes, al interpretar los precios pactados; sin que, si quiera exista el expertise necesario en la Dirección General de Tributación, para acreditar o desacreditar de forma técnica los precios elegidos por el contribuyente. De ahí, que la ausencia de dicha dependencia, resulta en una gran indefensión para los contribuyentes al no poder saber a qué atenerse, cuando la controversia sea sobre la información constatada en dicha declaración.

No menos importante, o tal vez lo más importante es el letargo que Costa Rica ha sufrido en la implementación de los procedimientos de ‘clearance’ para los Convenios para Evitar la Doble Imposición con España, Alemania, México y los Emiratos Árabes Unidos. Esto, en contrariedad con el lobby político gestionado por el Ministerio de Hacienda, en la Asamblea Legislativa para aprobar los proyectos que permitan, en nombre del intercambio automático de información, y poder así ampliar las potestades del Ministerio de Hacienda, para tener acceso a la información bancaria de los contribuyentes nacionales y extranjeros, aun y cuando el Ministerio de Hacienda ha demostrado ser altamente incompetente, cuando compete la custodia y resguardo de la información de los contribuyentes.

Conclusivamente, este gobierno será recordado por el gran retraso sufrido en la implementación de las mejores prácticas del Derecho Tributario Internacional. Esto parece ser imperceptible para ciertos ciudadanos y ciudadanas, a los que estos temas les parecen técnicos y poco cercanos a su realidad. No obstante, lo cierto es que estas carencias técnicas tienen su impacto en la inversión extranjera, la cual interpreta esas carencias y esta ausencia de centralización, como inseguridad jurídica, o dicho de otra forma, falta de confianza en un Estado, que aun y cuando promete todo lo contrario, no tiene la institucionalidad ni la infraestructura para tutelar derechos y garantías de los contribuyentes. No queda más que esperar, porque vengan mejores días, con mejores prácticas para el avance de nuestro país.

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enero 29, 2024

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