#TaxNews63 – Impuesto a la Propiedad de Vehículos (marchamo): ¿Está este impuesto cerca de su tan esperada reforma a favor del contribuyente?

El día de hoy, lunes 26 de junio de 2023, fueron convocados los proyectos de ley, que han sido presentados en la corriente legislativa, para modificar el cálculo al impuesto a la propiedad de vehículos, aeronaves y embarcaciones. En días pasados, fue creada la Comisión en la Asamblea Legislativa, para investigar, analizar, estudiar, dictaminar y recomendar proyectos de ley relacionados con cambios al sistema de cálculo y cobro del marchamo, de manera que se impulse una legislación moderna, que permita una rebaja significativa en el cobro, y evitar abusos, a través de una metodología justa y sin arbitrariedades.

Esta comisión pretende analizar cuatro proyectos de ley, entre los que se incluyen el proyecto de ley N.º 23.444 Ley de Reajuste del Pago del Marchamo, N.º 23.458 Actualización del Cálculo del Marchamo para Evitar Abusos, N.º 23.477 Ley para la introducción del Cálculo de la Base Imponible, y tarifa del Marchamo, según se Depreciación, Peso y Emisiones de Carbono, N.º 23.741 Adición de un transitorio al Artículo N.º 54 de la Ley de Salarios de la Administración Pública N.º 2166 del 9 de octubre de 1957 y sus reformas, con el propósito de consolidar un solo texto, que pueda votarse y aprobarse antes de septiembre de 2023.

El ‘marchamo’, como se lo conoce popularmente, es un impuesto cuyo origen fue inconstitucional. Este impuesto nace, por medio de una moción introducida a un convenio centroamericano de manufactura textil, hace más de treinta años.  El impuesto como tal, carece, aun en la actualidad de los elementos objetivos del tributo, que conceden seguridad jurídica, en total contravención a lo dispuesto y tutelado por el principio de legalidad tributaria y el principio de reserva de ley, que debe prevalecer en la creación del tributo. Así, por ejemplo, este impuesto avala la inclusión de un porcentaje anual de inflación, de forma totalmente discrecional, por parte del Ministerio de Hacienda.

Todo parece indicar que el fin de este impuesto, y su arbitraria imposición está cerca. Si bien el Ministro de Hacienda, ha alegado que se afectaría la recaudación de la Caja Única del Estado, las diputaciones, parecen coincidir, más allá de una visión populista, en que la potestad ampliamente discrecional del Ministerio de Hacienda, para manipular los montos del impuesto a la propiedad de vehículos, aeronaves y embarcaciones, debe erradicarse, sometiéndola a la ley. Para estos efectos, se procurará estudiar el cálculo actual, y con esto llegar a un texto de consenso, que permita ser progresivo, y lo menos voraz posible para los contribuyentes.

Para estos efectos, sin embargo, el único proyecto que ofrece una verdadera modernización del cálculo del impuesto propiedad de vehículos, aeronaves y embarcaciones, es el proyecto de ley N.º 23.477, del diputado del partido Liberal Progresista Jorge Dengo. Este proyecto de ley introduce una metodología de cálculo basada en cinco pilares esenciales: a) la determinación del valor CIF, como valor inicial para la depreciación en línea recta, b) la aplicación de la depreciación basada en las Normas Internacionales de Información Financiera (NIIF), c) la aplicación de una tarifa según el peso, d) la aplicación de otra tarifa, según las emisiones de carbono, y e) la erradicación de la inflación como variable del cálculo.

Los siguientes días serán trascendentales, para una Comisión Especial Legislativa, que dispone de treinta días para dictaminar un texto que sea viable para convertirse en ley de la República. En una frase del diputado Jorge Dengo en el Plenario, este apuntó que: “El Estado le quita el aguinaldo (por medio del marchamo) a los contribuyentes, para pagar el aguinaldo de los empleados públicos”. Es entendible (mas no aceptable) que la propiedad, y en particular la propiedad de vehículos, aeronaves o embarcaciones estén gravados, con un impuesto. Lo que no puede ser ni entendible ni aceptable, es que este impuesto además de ser inconstitucional, sea altamente confiscatorio cada fin de año para los contribuyentes, que pareciese sostienen más de lo que quisieran a los funcionarios públicos y el voraz Estado.

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junio 26, 2023

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