El pasado 16 de marzo de 2023, la diputada Johana Obando Bonilla y la fracción del Partido Liberal Progresista, presentaron en la corriente legislativa, el proyecto de ley N.º 23.631 denominado: “Ley para Democratizar el Acceso a Internet”. Puntualmente, el proyecto de ley propone reducir la tarifa del Impuesto al Valor Agregado (IVA) del trece por ciento (13%) al uno por ciento (1%). Lo anterior, a efectos de homologar la tarifa del uno por ciento (1%) aplicable a los productos de la canasta básica. Esta propuesta es una respuesta al alto costo del servicio de internet en Costa Rica, según lo dispuesto por la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económico (OCDE).
De conformidad con lo resuelto por la Sala Constitucional de la Corte Suprema de Justicia, el internet fue declarado como derecho fundamental en el año 2010, mediante sentencia N.º 12790-2010 del 30 de julio de 2010. Esta sentencia, se inspira en lo dispuesto por el Tribunal Constitucional de Francia (Conseil Constitutionnel), el cual determinó que el internet, era un derecho básico. El carácter de derecho fundamental o derecho básico del internet, deviene a partir de la posibilidad que este da a las personas, de tener acceso a otros derechos, como el derecho de asociación, expresión y hoy en día, inclusive del derecho al trabajo y la educación.
Aun y cuando el acceso a internet ha sido declarado como un derecho fundamental, la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económico ha destacado el rezago de Costa Rica, con respecto a las condiciones y facilidades, para el acceso a internet. De esta forma, la OCDE ha mencionado que, en Latinoamérica ya existen veintidós (22) redes 5G desplegadas, sobre todo en Brasil, mientras que, en Costa Rica, aun no se tiene acceso a esa tecnología. Lo anterior, contrasta con el alto costo del servicio de acceso a internet en Costa Rica, y la falta de cobertura en general, sobre todo en las zonas rurales del país.
Así, por ejemplo, la empresa Uswitch reveló en un estudio en el 2022, que Costa Rica, ocupaba el segundo lugar en el mundo, con respecto al precio más alto de su banda ancha. De conformidad con este estudio, el precio de la banda ancha en Costa Rica, es de $42.43 USD por mes, lo cual, refleja aproximadamente el 4.72% del ingreso promedio de una persona. Lo anterior, resulta en la necesidad de minimizar los costos asociados al servicio de internet (y con esto el precio), lo cual viene en primer lugar, por la vía de la propuesta legislativa para reducir la tarifa del impuesto al valor agregado del trece por ciento (13%) al uno por ciento (1%).
En este sentido, es importante mencionar que la reducción propuesta en el proyecto de ley, es aplicable únicamente para el servicio de internet residencial o de acceso personal, por cualquier medio (computadora, teléfono, Tablet, etc.). Lo anterior implica que el servicio de acceso a internet contratado por o a través de personas jurídicas le seguirá siendo aplicable la tarifa del trece por ciento (13%). Esta dualidad en las tarifas aplicables a un mismo servicio, trae consigo la necesaria aplicación de la prorrata o la aplicación proporcional con respecto al cálculo del monto de los créditos fiscales aplicables a la tarifa del servicio de acceso a internet establecida para el consumidor final.
La reducción de impuestos en cualquier país debe valorarse siempre desde dos perspectivas. En primer lugar, la complejidad que esto pueda traer para los operadores o proveedores del servicio, con respecto al cálculo de la prorrata o medida proporcional de la aplicación del crédito fiscal, sin que esto incida, o se traslade como un costo al precio final y; en segundo lugar, que aun en medio de la complejidad, destaca el gran esfuerzo legislativo, de cumplir con las promesas de, aun sea poco o poco y de a pocos, reducir el costo de la vida, que en Costa Rica, en los últimos años lamentablemente no solo impacta el servicio de internet.