La propuesta de Renta Global Dual, volverá a la Asamblea Legislativa. Esta es la intención del Presidente de la República, el señor Rodrigo Chaves, y su Ministro de Hacienda: Nogui Acosta. Pero, ¿qué pretende esta reforma fiscal? ¿significa aumentar más impuestos? ¿realmente disminuye la elusión y la evasión fiscal? ¿cómo impactará desde una perspectiva económica a las personas físicas, a las empresas y Grandes Contribuyentes? Estas preguntas, serán las que necesariamente deben formularse las diputadas y los diputados, quienes al final con sus votos, decidirán si esta propuesta llegará a convertirse en ley, después de su tercer intento (Abel Pacheco y Carlos Alvarado ya lo habían intentado anteriormente).
En primera instancia, la Renta Global Dual, debe entenderse como una integración de todos los ingresos percibidos (utilidades, rentas por alquileres, dividendos, inclusive hasta herencias) por una persona física o jurídica. Pero, ¿Por qué integración? En la actualidad, Costa Rica, se rige por una renta cedular, lo cual significa que únicamente ciertas rentas están sujetas a la imposición sobre la renta. Estas rentas son: las sujetas al Impuesto sobre las Utilidades, Impuesto a las Rentas de Capital Mobiliario e Inmobiliario, e Impuesto a las Ganancias y Pérdidas de Capital (estas dos últimas introducidas en el 2018, mediante la Ley N.º 9635), el Impuesto a las Rentas derivadas del Trabajo Personal Dependiente, y el Impuesto sobre Remesas al Exterior.
La clasificación de las rentas anteriormente citadas está sujetas a distintos tramos de renta, y tarifas progresivas diferenciadas, lo que al final del día, requiere y resulta en la tributación en Costa Rica, de montos diferenciados a los que se les aplica una multiplicidad de escalafones. De esta forma, el proyecto de Renta Global Dual, pretende unificar todas estas rentas y someterlas a una misma escala de tarifas. ¿Significa esto, aumentar más impuestos? Técnicamente no, pero económicamente sí. Si bien no se crea un impuesto nuevo, sino que solo se modifica el criterio de sujeción del Impuesto sobre la Renta, esta modificación incide en las bases imponibles, es decir, en el monto en el que las personas físicas empezarían a tributar, el cual ahora sería más bajo.
Si bien se espera un nuevo texto, por parte del Poder Ejecutivo, el texto del Gobierno anterior, pretendía que los salarios de las personas físicas, empezaran a tributar a partir de los ₡720.000 colones. En la actualidad, esa es la mayor disparidad que existe en la tributación costarricense, siendo que las personas asalariadas empiezan a tributar a partir de los ₡863.000 colones, mientras que los profesionales independientes lo hacen a partir de los ₡319.000 colones. Esta reforma al Impuesto sobre la Renta pretende así, establecer el mismo monto imponible para asalariados y profesionales independientes, sometidos además a una tarifa fija (la tarifa sugerida inicialmente fue del 10% al 27.5%).
La integración de rentas, lo que podríamos llamar una “renta globalizada” ya fue establecida a las empresas y grandes contribuyentes, por medio de la Ley N.º 9635 Ley de Fortalecimiento de las Finanzas Públicas en el 2018, de ahí que la propuesta del señor Presidente, va dirigida ahora a la tributación de las personas físicas. Es esperable que las diferentes fracciones legislativas se opongan a esta reforma, la cual además tiene poca o nula incidencia en prevenir la evasión y elusión. Le corresponderá ahora sí al oficialismo, sonreír y empezar a hacer amigos y amigas en el Congreso, para empezar a recorrer el largo camino que conllevará, la aprobación de esta reforma.