#TaxNews7 – Criptoactivos y desconexión SWIFT: ¿Están las Administraciones Tributarias del mundo preparadas para el reto?

La (in)esperada invasión de Rusia a Ucrania trajo consigo una serie de consecuencias geopolíticas y financieras, que prometen adelantar la regulación de los criptoactivos en la Unión Europa (UE). Entre las sanciones más relevantes impuestas a Rusia, se encuentra sin lugar a dudas, la desconexión del sistema SWIFT (Society for Worldwide Interbank Financial Telecommunications) con lo cual la economía rusa, ante el bloqueo financiero se vio obligada a recurrir a criptoactivos, tales como Bitcoin, para realizar compras y pagos internacionales.

En octubre de 2020, la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económico (OCDE) emitió un informe en el que solicitaba a sus países miembros, iniciar la regulación de criptoactivos.  Los criptoactivos, según la OCDE son aquellos activos que están registrados o se basan en un DLT (Digital Ledger Technology) y la criptografía, como parte de su valor intrínseco e intangible. Para estos efectos, la OCDE separó los criptoactivos en tres tipos: a) criptoactivos de pago (Bitcoin, Litecoin, Ether), b) criptoactivos de garantía (Spice, tZero, BCAP), y c) criptoactivos para el consumo (Storj).

En la actualidad, los criptoactivos son tratados en la Unión Europea como propiedad, y no como moneda, salvo los casos, de acuerdo a Bloomberg Tax de Bélgica, Italia y Polonia, los cuales le han otorgado un carácter de moneda fiduciaria (fiat money). Lo anterior, para efectos de las Administraciones Tributarias, significa que la transacción en el mercado de los criptoactivos, si bien puede funcionar como moneda de cambio, será tratada como un bien o activo, sujeto a una ganancia de capital, que resulta de la diferencia entre su valor de adquisición y su valor de venta o enajenación, lo cual inhibe la trazabilidad del activo en mercados regulados.

En septiembre de 2020, la Unión Europa adoptó un nuevo plan financiero, en el que se propuso la regulación de los criptoactivos, através del plan Markets in Crypto-assets (MiCA). Este plan, propone la regulación de los emisores, la operación y limitación del DTL y la concepción de criptoactivos, como activos financieros estructurados en procura de la transparencia y estabilidad financiera. El plan MiCA fue sugerido con un plazo de implementación de cuatro años, es decir, se sugería el año 2025, para el establecimiento de regulación a los criptoactivos en la Unión Europea.

La noticia actual, sin embargo, emerge a partir de la exclusión de Rusia del sistema SWIFT, lo que obligó a esta a recurrir a los criptoactivos. La UE, como medida a lo anterior, ha sugerido adelantar la implementación de MiCA, y votará en dos semanas dicho plan, según lo ha confirmado el Presidente de Asuntos Económicos del Parlamento Europeo, Stefan Berger. Los criptoactivos han llegado, para quedarse, y en pocos meses, si las vehementes acciones del Parlamento Europeo continúan, Rusia, tampoco tendrá acceso a criptoactivos, y el resto del mundo, incluyendo las Administraciones Tributarias, deberán iniciar con su inesperada adopción y regulación.

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marzo 3, 2022

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